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en la Convención

BIOÉTICA Y COMUNICACIONES EN NUESTRA CONSTITUCIÓN
En 1979, los bioeticistas Tom Beauchamp y James Franklin Childress, definieron los cuatro principios de la bioética: autonomía, no maleficencia, beneficencia y justicia, que «derivan inicialmente de juicios ponderados de la moral común y de la tradición médica». Exponer de forma clara precisa y concisa en nuestra constitución las normas que regirán el consejo nacional de bioética, así como el consejo nacional de comunicaciones, es absolutamente necesario entendiendo los riesgos a que exponemos a la ciudadanía, al no realizar especificaciones de carácter técnico, ético y sobre todo estudiado.

ACLARACIÓN NECESARIA
La normativa laboral se debe aplicar y practicar e forma ejemplar en un a instancia de tanta relevancia para nuestro país como es nuestra convención constitucional.

TRATADOS INTERNACIONALES Y NUESTRO PROYECTO
La actual Constitución Política de la República de Chile establece que la soberanía reside esencialmente en la Nación, por tanto en nuestra propuesta se debe establecer en justicia, equidad y por sobre todo claridad, sobre cuales son los alcances de nuestro proyecto respecto a propuestas como plurinacionalidad entre otras.

PROTEJAMOS EL PROCESO
y libre determinación respecto a las actividades realizadas en esta convención constitucional, para así deliberar sobre nuestras decisiones en el plebiscito de salida.

¡HAGAMOS LA PEGA!
ecanismos de votación establecidos fueron diseñados para que los constituyentes electos representen a sus sectores en esta convención, la no participación daña al proceso.

LA IMPORTANCIA DE UN ANÁLISIS OBJETIVO DE LAS NORMAS
Adaptar nuestro proyecto constitucional a las nuevas necesidades es de vital importancia para establecer de forma adecuada el rol del estado en la sociedad.